Tabla 11: Condiciones de facturacion de los materiales

 

Esta tabla nos muestra todas las condiciones para la facturaciòn de los materiales medicos , nos muestra cuando los materiales  son: Facturables NO INCLUIDOS y cuando son No Facturables INCLUIDOS, es decir los materiales  facturables "NO INCLUIDOS" son materiales que no estan cubiertos en el proceso de pago de los materiales, por tal motivo es facturable y cuando los materiales son no facturables " INCLUIDOS" es porque están cubiertos en el pago de los materiales medicos. Las tarifas se dan por grupo quirúrgico




Art

Facturable no incluido

No facturable incluido

Condiciones

 Art 55

Materiales de cirugía

39301 – 39304

Los materiales de sutura, curación, medicamentos y soluciones, oxígeno, agentes y gases anestésicos, que se consuman en el acto quirúrgico y en sala de recuperación,

durante la realización de una intervención o procedimiento cruento

Pargrafo 1

Los materiales de sutura y curación, definidos en el parágrafo 5 del Artículo 55 y los elementos de anestesia, tales como: tubos endotraqueales y de conexión, máscaras y catéteres intravasculares.

 

 

 

 

 

 

 

 

Las drogas, medicamentos y soluciones

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Las drogas, medicamentos y soluciones, oxígeno, agentes y gases anestésicos

1. intervenciones clasificadas en los grupos especiales 20 a 23

2.  Se pagarán hasta por el precio comercial de catálogo para venta al público fijado por la autoridad competente.

 

 

 

 

 

 

 

 

que se consuman durante el acto quirúrgico en las intervenciones cardiovasculares, clasificados en los grupos especiales 22 a 2

 

se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para la venta al público fijado por la autoridad competente

 

 

intervenciones cardiovasculares grupo especiales del 22 al 23

Parágrafo 2

Materiales de sala especial

39305 se reconocerán hasta por el precio comercial de catálogo para la venta al público fijado por la autoridad competente.  (109.600)

 

1. Procedimientos incruentos y cualesquier sea el grupo quirúrgico

2. Cuando se trate de un procedimiento del Capítulo IV

Parágrafo 3

Materiales de sala de parto

 

 

El valor del material de sutura y curación, drogas, medicamentos y soluciones, oxígeno y agentes anestésicos que se consuman en la atención del procedimiento

1. En los procedimientos obstétricos de parto, legrado uterino obstétrico y ginecológico

Parágrafo 4

Materiales de cirugías múltiples

 75% adicional  en intervenciones bilaterales

 

 

Intervenciones múltiples

100% intervención mayor +75% adicional

 

 

Parágrafo 5

 

Los materiales de sutura y curación a que se refiere este Artículo incluyen los siguientes elementos: algodón, aplicadores, apósitos, compresas, mechas, gasas, torundas, cotonoides, cierres umbilicales, esponjas exceoti de silicón, gelatinas absorbibles, cera para huesos, esparadrapo, soluciones desinfectantes, vendajes, guantes, hojas de bisturí, catéteres pericraneales, equipos de venoclisis, buretras, agujas de cualquier clase, jeringas, llaves de dos o más vías, agrafes, sutura de cualquier tipo ( catguts, absorbibles sintéticas, no absorbibles, tales como: sedas, nylon, poliester, polipropileno, acero inoxidable, etc.).

 

 Art 56

 

Las drogas, medicamentos y soluciones que se prescriban para el tratamiento del paciente, incluidos los elementos que se requieran en su aplicación (jeringas, agujas, equipos)

 

 

drogas y medicamentos

 

Diferentes a las que se consuman en los quirófanos, sala de parto, salas especiales para procedimientos y de recuperación

 

 

que se utilicen en la realización de cualquier procedimiento definido en el Capítulo IV

Parágrafo

NO APLICA

 

 

57

Materiales facturables en cirugía

Los suministros de prótesis y ortesis, injertos, válvulas, catéteres y sondas, tubos de cualquier clase, máscaras, cánulas y electrodos, no reutilizables; algodón laminado, vendas (elásticas, de yeso o gasa), mallas, medias ortopédicas, equipos de presión venosa central, marcapasos, elementos ortopédicos (placas, tornillos, férulas, clavos, grapas); esponjas y bandas de silicón, sustitutos del plasma, bolsas colectoras de fluídos y otros elementos de uso médico

 

1. distintos a los definidos en el Parágrafo 5 del Artículo 55

 

2. utilizados en la práctica de cualquier intervención o procedimiento médico-quirúrgico relacionado en el Capítulo III

 

3. en el manejo ambulatorio u hospitalario del paciente

4. siempre y cuando no se trate de un examen o procedimiento contenido en el Capítulo IV

5. se reconocerán hasta por el precio comercial

 

Art 59

Cobro de oxígeno

Oxígeno

 

 1. Que se utilice en la atención de los pacientes en los servicios de hospitalización y de urgencias,

2. De acuerdo con su consumo

3. Hasta por el precio comercial

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